Seguros Colombia

martes, 13 de septiembre de 2011

Seguros Colombia


Seguros Glosario F-H

Posted: 13 Sep 2011 08:49 AM PDT

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Mas abajo podra encontrar un glosario con vocablos relacionado al mundo de los seguros, que esperamos le sea de utilidad:

Franquicia o deducible: es la excención de pago a favor del asegurado cuando los gastos o indemnizaciones rebasan una cantidad previamente establecida, pero que queda a cargo del asegurado en caso de que no se rebase dicha cantidad. Ejemplo de esto es cuando se fija una franquicia de $1,000 en un seguro de gastos médicos y que si el asegurado no se gasta esta cantidad él la absorbe, si sus gastos son mayores a estos $1,000 entonces la aseguradora le pagará desde el primer $1.00 La razón de ser de este concepto es el mismo que el del deducible, evitar el pago de pequeñas reclamaciones cuya frecuencia es muy alta y representa una pérdida muy alta para las aseguradoras.

Garantía: compromiso aceptado por un asegurador en virtud del cual se hace cargo, hasta el límite estipulado, de las consecuencias económicas derivadas de un siniestro. Es también sinónimo de un seguro (estar garantizado es igual que estar asegurado) o de estar asegurado ( la garantía de la póliza es igual que el capital asegurado por ella).

Gastos generales: Son aquellos desembolsos que las compañías efectúan para su normal operación por concepto de administración y de personal, principalmente.

Gerencia de riesgos: Conjunto de medidas destinadas a proteger los elementos y recursos de una empresa contra los daños y pérdidas derivados de un posible siniestro.

Heredero: persona que por testamento o por ley, sucede en todo o en parte al fallecido respecto de sus bienes, derechos, acciones y obligaciones.

Holding: sociedad o grupo financiero que posee la mayor parte del capital de otras empresas, las cuales conservan su propia personalidad jurídica.

Honorarios: retribución económica que corresponde a una persona como pago por ejercicio de su actividad profesional.

Hurto: Apropiación de una cosa ajena, con ánimo de lucro, sin emplear fuerza en las cosas, ni violencia o intimidación en las personas, características éstas que le distinguen del robo.

Seguros Glosario D-E

Posted: 13 Sep 2011 08:49 AM PDT

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Le brindamos mas abajo un glosario donde podra encontrar algunas de las palabras claves del mundo de los seguros:

Daños : el costo de indemnizar a quienes sufran lesiones corporales o daños materiales a causa de un accidente automovilístico. Es posible que estos daños puedan pagarse hasta los límites de responsabilidad civil como se indica en la página de declaraciones. Esto no incluye las cantidades que deban pagarse por decisión judicial como castigo o disuasión.

Daños materiales: este seguro cubre los daños materiales causados por accidentes automovilísticos. Los daños materiales significan los daños o la destrucción de propiedades materiales, incluyendo la pérdida de uso de esa propiedad. La cantidad máxima que pagará la compañía de seguros para cualquier accidente dado aparece indicada en la página de declaraciones.

Endoso: documento que emite la aseguradora y que pasa a formar parte integrante del contrato del seguro como un suplemento del mismo, y que se utiliza para efectuar aclaraciones y modificaciones de las condiciones de póliza. Por ejemplo se puede hacer por vía de endoso la transferencia o cambio del titular del seguro o el cambio de vehículo en el caso del seguro de automotores.

Estados de cuenta: es el documento a través del cual las Administradoras de Fondos de Pensiones informa al afiliado todos los movimientos registrados en su Cuenta de Capitalización Individual y el saldo acumulado al último día del período señalado

Exclusión: declaración expresa de la entidad aseguradora en la que indica los hechos o circunstancias que la exoneran de responsabilidad en caso de pérdida.

Exclusiones absolutas: son aquellas que pueden poner a una compañía en grave situación financiera por la naturaleza del riesgo, por su moralidad o prohibición legal.

Exclusiones relativas: son aquellas que por costumbre están excluidas en las pólizas pero que pueden ser negociadas mediante convenio expreso con la Aseguradora, mediante el pago de una extraprima.

Seguros Glosario B-C

Posted: 13 Sep 2011 08:47 AM PDT

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A continuacion podra encontrar algunas de las palabras claves del mundo de los seguros.

Bancaseguros: mecanismo de mercadeo mediante la utilización de los establecimientos de crédito para la promoción y venta de cierta clase de productos de seguros.

Beneficiario: es la persona física o moral designada por el asegurado para recibir los beneficios derivados de la póliza de seguros en caso de que se presente la pérdida o daño. Puede ser en determinado momento el mismo contratante de la póliza, como es el caso de los seguros de daños.

Cancelación: la terminación de la cobertura de seguro durante el período de vigencia de la póliza.

Capacidad del contrato: este término es muy común en el negocio de reaseguro y significa la cantidad máxima de responsabilidad que tiene una aseguradora o reaseguradora con respecto a las indemnizaciones que deben cubrir y que a partir de dicha cantidad empieza a operar un contrato de reaseguro.

Cedente: es el término que se utiliza para definir a la compañía que asume un riesgo pero que transfiere parte del mismo a una reaseguradora, pero siempre es la primera compañía la responsable frente a una indemnización.

Certificado de cobertura: es el documento que entrega la entidad aseguradora cuando aún no esta emitida la póliza. (No aplica en Colombia actualmente).

Coaseguro: todo riesgo tiene un límite de indemnización, particularmente en el seguro de daños ese límite no se puede rebasar debido a la capacidad de retención que tenga una aseguradora por su solvencia económica y sus reservas creadas. Cuando un negocio requiere un suma asegurada muy alta que rebasa estos límites surge la figura legal del Coaseguro en dónde otra aseguradora participa conjuntamente con la compañía líder en la aceptación del riesgo en un porcentaje determinado.En el seguro de gastos médicos se conoce también como la participación que tiene el asegurado en el monto de los gastos que realice por concepto de un accidente o una enfermedad y generalmente se fija en porcentaje de los gastos (coopago). Este principio es fundamental para la disminución de la siniestralidad de las aseguradoras.

Cobertura: Es el alcance del riesgo que se desea asegurar.

Comisiones: son los pagos que las compañías hacen por la consecución de los negocios de seguros. En Colombia varían según el ramo de seguros y el intermediario (corredor o agente).

Compañía de Seguros (aseguradora): entidad debidamente autorizada por la Superintendencia Bancaria, que asume riesgos particulares a cambio de un pago que hace el asegurado.

Contrato de Reaseguro: es el acuerdo entre el Asegurador y el Reasegurador en dónde se estipulan los términos y las condiciones en virtud de los cuales una de las partes acepta en reaseguro las cantidades cedidas por la aseguradora para que en caso de siniestro se paguen los beneficios a la aseguradora.

Contrato de Seguros: es el contrato mediante el cual una parte se obliga al pago de una prima para poder tener derecho a recibir las indemnizaciones a consecuencia de una pérdida o daño amparada en el mismo. La otra parte se obliga a cubrir dichas indemnizaciones de acuerdo con el clausulado de dicho contrato en dónde generalmente se establecen las condiciones en que deben ocurrir los siniestros, se definen las exclusiones, las limitaciones y las condiciones de pago, temporalidad del compromiso y definiciones de los aspectos relacionados con el seguro.

Corredor de Reaseguro: es la persona intermediaria entre los aseguradores y los reaseguradores y obtienen su ingreso por las comisiones pagadas por el reasegurador.

Corredor de Seguros: es la persona que está vinculada con las aseguradoras para la promoción de los servicios que ofrecen a los asegurados o personas que demandan estos servicios. Normalmente operan con varias compañías para ofrecer la mejor alternativa a sus clientes.

Cotización: son los aportes que los trabajadores y patrones deben efectuar en forma obligatoria para financiar el cumplimiento de los beneficios que otorgue el Sistema de Pensiones.

Cuota: es la cantidad que se establece en las tarifas para el cálculo de una prima de seguro, normalmente se fija en porcentaje o al millar de la suma asegurada.

Que es un Seguro

Posted: 13 Sep 2011 08:47 AM PDT

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Por lo general, y más cuando los jóvenes se independizan, hay un desconocimiento moderado en cuanto a lo que en realidad es el servicio de aseguramiento de la vida o de algún bien, conocido como un "Seguro"

Entonces como se puede definir o entender el concepto de  Seguro? Un seguro se puede conceptualizar como el servicio que se ha contratado por medio de una póliza de respaldo económico ofrecida por una aseguradora legalmente constituida.

El objetivo principal que debe tener un seguro es resarcir económicamente las pérdidas sufridas en caso de padecer riesgos que tengan que ver por lo general con:

  • Fallecimiento

  • Enfermedades Graves

  • Pérdida de Bienes

El usuario tedrá el acompañamiento oportuno y en dinero, cuando se vea enfrentado a las situaciones descritas, recibiendo pagos que se acuerdan en el momento de la afiliación o los diferentes tipos de indemnizaciones a los que se tenga derecho por parte del titular y/o de los beneficiarios.

El seguro funciona toda vez que el comprador del seguro, que sería el afiliado o asegurado, realice puntualmente y mensualmente (por lo general) el pago de una prima que en muchas ocasiones es de forma casi indefinida, a cambio de poder recibir los beneficios y las coberturas que se encuentran incluidos en la póliza de aseguramiento…

Publicaciones que orientan más sobre este tema son:

Seguros – Glosario A

Posted: 13 Sep 2011 08:46 AM PDT

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Ofrecemos un glosario a cerca de seguros, para brindarle un mayor conocimiento sobre los terminos relacionados con todo lo relacionado a lo que a seguros se refiere.

Accidente: es el acontecimiento inesperado, repentino e involuntario que pueda ser causa de daños a las personas o a las cosas independientemente de su voluntad.

Accidente automovilístico: un evento inesperado e imprevisto desde el punto de vista del asegurado o de un usuario reconocido que causa lesiones corporales o daños materiales que surgen de la propiedad, el mantenimiento o el uso de un automóvil u otro vehículo automotor.

Actuario: es el profesional que se base en las matemáticas, la estadística, el cálculo de probabilidades y el calculo actuarial para determinar el costo de las primas, cuotas y reservas de un seguro, con el objeto de que el monto de estas cantidades sea suficiente para el pago de las indemnizaciones y sea justa para el cliente.

Acuerdo de las partes: decisión que adoptan las partes respecto al conflicto planteado, ya sea extrajudicialmente o durante la tramitación del pleito indicado, para su resolución poniéndole fin.

Afiliación: es la relación jurídica de un trabajador y el sistema de pensiones que origina los derechos y obligaciones que la ley establece, en especial, el derecho a las prestaciones asistenciales y económicas y la obligación de cotizar.

Agente de Seguros: persona física o moral independiente que desempeña una labor de intermediación entre las compañías aseguradoras y los consumidores que demandan los servicios de protección mediante una póliza de seguros.

Agravación del riesgo: es la modificación o alteración posterior a la celebración del contrato que, aumentando la posibilidad de ocurrencia o peligrosidad de un evento, afecta a un determinado riesgo. El tomador del seguro o el asegurado deberán, durante la vigencia del contrato, comunicar al Asegurador todas las circunstancias que agraven el riesgo.

Ajustador: profesional independiente que estima y evalúa el monto de los daños en un siniestro asegurado. Investiga adicionalmente las posibles causas de la pérdida con el objeto de informar a la aseguradora para que indemnice a los beneficiarios de la póliza.

Aleatorio: un evento se considera aleatorio cuando su ocurrencia no es predecible. El Seguro en general es un contrato basado en este fenómeno porque el pago de los beneficios está en función de la ocurrencia o no del pactado o no.

Amparo: cobertura, eventos por los cuales la aseguradora será responsable en caso de realizarse.

Anexos a la póliza básica: en dos palabras, es una enmienda a una póliza que aumenta o disminuye la cobertura de seguro. (Por ejemplo: una solicitud que usted haga a su agente o corredor de seguros para agregar conductores o eliminar cobertura ocasiona un anexo a su póliza básica).

Anulación: es la rescisión de los efectos de una póliza, bien sea por producirse las circunstancias que se previeron contractualmente como determinantes de ello, por acuerdo mutuo de asegurador y asegurado o por decisión unilateral de cualquiera de las partes.

Asegurado(a): es la persona que mediante el pago de la prima tiene derecho al pago de las indemnizaciones a consecuencia de una pérdida por la realización de una eventualidad amparada por el contrato de seguro.

Asegurador: es la empresa que asume la cobertura del riesgo, previamente autorizada a operar como tal por la Superintendencia Bancaria.

Asesor de seguros: es la persona, habilitada por la Superintendencia de Seguros, que realiza la intermediación entre quien quiere contratar el seguro y la entidad aseguradora. Es quien ejerce la actividad de intermediación promoviendo la concertación de contratos de seguros, asesorando a asegurables.

Avalúo del daño: cuantificación de las pérdidas sufridas en un siniestro amparado por un seguro.

Avalúo del objeto asegurado: fijación del valor real o de reposición, según el caso, de los bienes asegurados.

Seguros del Estado Odontologico

Posted: 13 Sep 2011 08:44 AM PDT

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Seguros del Estado ofrece un seguro de vida odontologico con una cobertura para acceder a una odontología particular, de calidad y especializada, sin las restricciones que contiene el POS. Es un mecanismo que permite a los asegurados ahorrar dinero en sus tratamientos odontológicos con relación a la consulta privada. Este seguro de vida está dirigido a Empresas, fondos de empleados, cooperativas, sindicatos, clubes, agremiaciones.

Amparos Básicos de este seguro de vida de Seguros del Estado odontologico:

* Urgencias: medidas terapéuticas destinadas a la atención y manejo de dolor intenso y/o procesos inflamatorios
* Consultas: realización y evaluación clínica del estado de salud oral
* Promoción y prevención: práctica de medidas destinadas a la promoción y prevención de la salud oral
* Radiología: radiografías peri apicales preliminares que serán empleadas como ayudas diagnósticas
* Operatoria: caries y fracturas dentales
* Periodoncia: tratamientos para aliviar las afecciones de las encías y tejidos de sostén de los dientes
* Endodoncia: tratamiento convencional de conductos
* Cirugía oral: procedimientos quirúrgicos que tiendan a aliviar las disfunciones de tipo anatómico
* Odontopediatría: prácticas para prevención de la caries dental

Beneficios de este seguro odontologico de Seguros del Estado:

* Consulta permanente en tiempo real. Consulta por parte del asegurado de su historia clínica en línea
* Acceso desde cualquier lugar del mundo
* Materiales de última generación en nuestra red de clínicas
* Tarifas preferenciales certificadas en tratamientos no cubiertos
* Garantía en tratamientos.
* Tiempos de atención adecuados
* Oportunidad en asignación de citas
* Citas a través de Internet
* Red de clínicas en las principales ciudades del país.

Seguros del Estado complicaciones cirugias

Posted: 13 Sep 2011 08:43 AM PDT

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Seguros del Estado ofrece un seguro para complicaciones por cirugias plasticas, este seguro para complicaciones es un mecanismo de cobertura para cubrir las complicaciones que se puedan presentar, las cuales no son cubiertas por el POS u otras pólizas de salud. El seguro es un mecanismo que le permite al asegurado, al profesional de la salud o a la institución contar con una protección en caso que se presente alguna complicación. Cubre las posibles complicaciones y no los resultados esperados o la responsabilidad civil de los profesionales. Dirigido a Personas naturales, profesionales de la salud, clínicas y hospitales.

Amparos Básicos del seguro para complicaciones en cirugias de Seguros del Estado:

Se cubren por esta póliza las complicaciones quirúrgicas como consecuencia de:

* Embolismo pulmonar
* Estado de shock
* Infecciones
* Hematomas
* Hemorragias
* Parálisis facial
* Falla multisistémica
* Neumonía
* Reintervención quirúrgica por causa diferente a insatisfacción con el resultado cosmético, pero relación causa-efecto con el procedimiento inicial.
* Otras complicaciones médicas y odontológicas, que se compruebe sean causa de la realización de algún procedimiento quirúrgico incluido en este contrato.

Seguros del Estado Hospitalizacion y Cirugia

Posted: 13 Sep 2011 08:42 AM PDT

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Seguros del Estado, entre sus seguros de vida, ofrece un seguro colectivo de hospitalizacion y cirugia, es un seguro de servicios médicos y asistenciales colectivo diseñado para la protección del núcleo familiar, es una modalidad complementaria del Régimen Contributivo de Salud (Plan Obligatorio de Salud – POS).  Este seguro opera por reembolso, tiene variedad de coberturas por medicamentos y consultas. Para otorgar el seguro es indispensable que todos los Afiliados Principales a incluir estén afiliados a una Entidad Promotora de Salud – EPS. Dirigido a grupos de personas que guardan relación entre sí, tales como, empresas, fondos de empleados, asociaciones de padres de familia, cooperativas, asociaciones, sindicatos, clubes, gremios y entes gubernamentales.

Amparos Básicos de este seguro de vida de Seguros del Estado:

* Habitación hospitalaria
* Servicios hospitalarios
* Honorarios médicos
* Honorarios por anestesia
* Tratamiento médico hospitalario sin intervención quirúrgica
* Cirugía ambulatoria y traumatología y ortopedia sin hospitalización
* Casos quirúrgicos de maternidad

Amparos Adicionales de este seguro de hospitaizacion y cirugia de Seguros del Estado:

* Exámenes especiales de diagnóstico
* Tratamientos médicos no hospitalarios de cáncer, poliomielitis, leucemia, tétanos y escarlatina
* Maternidad no quirúrgica
* Cuidados intensivos
* Enfermera especial
* Beneficio de cama de acompañante
* Beneficio de ambulancia o transporte especial

Seguro de vida colectivo laboral

Posted: 13 Sep 2011 08:42 AM PDT

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El seguro de vida colectivo laboral de Seguros del Estado cubre al patrono por los riesgos de sus empleados durante las primeras 50 semanas (primeras 26 para menores de 20 años) de vinculación al Sistema General de Pensiones, período en el cual el afiliado cotizante carece de esta cobertura por parte de la Administradora de Fondo de Pensiones (AFP). Para que se pueda otorgar, debe existir vinculación laboral directa del trabajador con el Tomador (patrono), de igual manera, el trabajador debe estar afiliado al Sistema de Seguridad Social. Un seguro especial para empresas o profesionales independientes que contraten personal que NO haya cumplido con el período de cotización de aportes al Sistema General de Pensiones.

Amparo Básico de Seguros del Estado para este seguro colectivo laboral:

* Muerte por cualquier causa

Amparos Adicionales de este seguro colectivo laboral:

* Invalidez
* Gastos funerarios

Seguros del Estado accidentes estudiantiles

Posted: 13 Sep 2011 08:41 AM PDT

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Accidentes personales de Seguros del Estado es un Seguro Integral que busca brindarle al estudiante protección económica para cubrir diversos eventos a los cuales está expuesto. Con esta póliza los estudiantes están protegidos las 24 horas del día, durante la vigencia de la póliza; incluso en el exterior. Algunos beneficios de este producto se pueden hacer extensivos al personal docente y administrativo y a la asociación de padres de familia de la institución educativa contratante. Un producto especialmente diseñado para Colegios de primaria, bachillerato, jardines infantiles, universidades, centros de educación superior, centros de carreras técnicas, etc.

Amparo Básico de este seguro de vida de Seguros del Estado:

* Muerte accidental

Amparos Adicionales de este seguro para accidentes estudiantiles de Seguros del Estado:

* Muerte por cualquier causa
* Invalidez
* Desmembración
* Gastos médicos por accidente
* Riesgo biológico
* Enfermedades amparadas
* Rehabilitación integral por invalidez
* Gastos funerarios por muerte accidental
* Gastos de traslado por accidente
* Gastos funerarios por muerte por cualquier causa no accidental
* Auxilio educativo por muerte de los padres
* Útiles y uniformes escolares por desempleo involuntario o incapacidad total y temporal
* Subsidio educativo por desempleo involuntario o incapacidad total y temporal para pago de pensiones
* Gastos de traslado por cualquier causa
* Auxilio funerario por muerte accidental
* Auxilio funerario por muerte por cualquier causa

Beneficios de Seguros del Estado para este seguro de vida:

* La cobertura es por 24 horas al día durante la vigencia de la póliza, en cualquier lugar que se encuentre el estudiante asegurado, inclusive en el exterior
* Cobertura de suicidio desde el primer día, sólo para colegios
* Atención a través de convenios con una amplia red de clínicas, hospitales y ambulancias, o por reembolso
* Auditores clínicos para garantizar una óptima atención
* Carnetización laminada y reposición del mismo sin costo alguno en caso de pérdida; esto permite recibir atención de urgencias a nivel nacional
* Centro especializado para pagos e indemnizaciones con certificado de Gestión de Calidad otorgado por el ICONTEC Norma ISO 9001 de 2000.
* Red de funerarias que prestan el servicio y asesoría a nivel nacional a través de la Línea 018000 123010

Línea de atención al cliente de Seguros del Estado las 24 horas. En Bogotá al teléfono 628 36 10
Fuera de Bogotá con la Línea 018000 913510

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