Seguros Colombia

jueves, 18 de agosto de 2011

Seguros Colombia


Seguro de Vida Seguros del Estado Concejales

Posted: 18 Aug 2011 03:51 AM PDT

 

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La Ley 136 de 1994 estableció a cargo de los municipios, la obligación de contratar un Seguro de Vida para los concejales titulares que concurran ordinariamente a las sesiones de la Corporación y la Ley 617 de 2000 estableció la misma obligatoriedad para el caso de los ediles. Es por ello que Seguros del Estado ofrece un Seguro de Vida Grupo para concejales y ediles en el cual también se pueden incluir personeros, alcaldes y diputados.  Un producto dirigido a Gobernaciones, distritos, municipios y localidades.

Amparos Básicos para este Seguro de vida  Seguro del Estado:

Se reconoce el valor Asegurado a los beneficiarios designados por fallecimiento del Asegurado por cualquier causa.

Amparos Adicional ofrecidos por Seguros del Estado:

* Incapacidad total y permanente.
* Indemnización adicional por muerte accidental y beneficios por desmembración.
* Enfermedades graves.
* Auxilio funerario.
* Gastos médicos por accidente.
* Renta diaria por hospitalización.
* Reembolso de gastos médicos por tratamiento de sida.
* Auxilio odontológico

Beneficios para este Seguro de Vida   Seguros del Estado:

* El Tomador es la Gobernación, Departamento o Alcaldías, según sea el caso
* El Grupo Asegurable es el conformado por concejales titulares, alcaldes, ediles, diputados y personeros, según sea el caso
* El límite mínimo de Valor Asegurado es el establecido por la Ley
* Primas flexibles por ubicación geográfica
* Póliza adicional de Hospitalización y Cirugía

Que es una Poliza?

Posted: 18 Aug 2011 02:03 AM PDT

JESUS ES MI SALVADOR

Por lo general, y más cuando los jóvenes se independizan, se tiene un desconocimiento moderado en cuanto a lo que en realidad es el servicio de una póliza de respaldo, o como es conocida popularmente: una “póliza”.

Entonces como se puede definir o entender el concepto de Póliza? Pues una póliza como tal, no es otra cosa que un documento escrito y de carácter legal donde quedan establecidas todas las condiciones a las que se hayan llegado mediante un acuerdo entre un ofertante de respaldo económico, que para este caso es por lo general una aseguradora, y un demandante del servicio o usuario, quien es el que asume los pagos que se derivan de dicho acuerdo.

Las pólizas tienen términos en cuanto a tiempos se refiere, tanto en los pagos del titular como en los cumplimientos de los servicios ofrecidos por la aseguradora. Quien faltare a estos términos incurre en faltas que se asumen desde multas económicas hasta la cancelación del servicio y el derecho a reclamar una indemnización extracontractual.

Una Póliza de Respaldo Económico y Financiero es como una plataforma de servicios, es un portafolio que generalmente se compone de:

  • Servicio de coberturas
  • Aclaración de exclusiones
  • Derechos y obligaciones de las partes

Por eso antes de hacerse participe de una póliza de respaldo económico, y de poder contar con una (sobre todo para los profesionales de la salud, que en ellos siempre será obligatorio tenerla y más aún con la forma de contratación actual), primero asegúrese de que ésta se la esté ofreciendo una empresa legalmente constituida, que tenga buenos convenios y que este asociada a entes de reconocida trayectoria, segundo se debe entender bien que compromisos se están asumiendo y cuanta responsabilidad comparte la aseguradora, toda vez que los dineros aportados mes a mes correspondan a lo que ud, como usuario, necesita…

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