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| Posted: 12 Jul 2011 03:35 AM PDT A continuacion brindamos la primera parte de un glosario de seguro A-C: Agente de seguros: es la persona natural o jurídica que desempeña la labor de intermediación entre el cliente (consumidor) y la aseguradora, brindando su asesoría para la contratación del seguro. Amparo: es el evento que resulta cubierto por el seguro. Anexo: Es un documento que se expide, generalmente en forma posterior a la emisión de la póliza, con el propósito de hacer aclaraciones o precisiones al contrato de seguro, por ejemplo: para adicionar o quitar coberturas. Asegurado: es el titular del interés asegurado, es decir, la persona natural o jurídica que sufre la pérdida económica derivada de la realización del siniestro. En los seguros de personas es la persona asegurada. Aviso del siniestro: es la noticia o información escrita o verbal que hace el tomador o asegurado al asegurador sobre la ocurrencia del siniestro o evento asegurado. Este aviso no debe cumplir ningún requisito pero es recomendable suministrar la mayor información posible. Beneficiario: Es la persona que percibirá el monto de la indemnización derivada de la realización del siniestro. Cancelación: es la terminación del contrato de seguro antes de finalizar su vigencia. Carátula de la póliza: es el documento en el cual se hacen constar las características y descripción de los bienes asegurados, de los riesgos amparados y las condiciones del seguro, tales como prima, vigencia, deducibles, etc. Cobertura: es el alcance de la protección contratada en el seguro. Condiciones generales: son los términos y condiciones bajo los cuales se regula de manera general el contrato de seguro. Condiciones particulares: Son términos o condiciones establecidas para cada caso particular, que modifican o precisan el alcance de ciertas coberturas o riesgos del seguro otorgado. Contrato de Seguros: Es un acuerdo de voluntades mediante el cual el Tomador del seguro traslada algunos riesgos al Asegurador, a cambio de un precio que se denomina prima. El asegurador se obliga a indemnizar en caso de realizarse dichos riesgos, en los términos, condiciones y con las limitaciones que se fijen en el contrato de seguro. |
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