Seguros Colombia

miércoles, 2 de marzo de 2011

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SOAT Colombia

Posted: 02 Mar 2011 07:52 AM PST

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En Colombia es obligatorio que todo vehículo automotor tenga una póliza que responda ante accidentes de tránsito, y el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT), tiene por objetivo cubrir los gastos que demanden la atención médica e indemnizar a todas las personas que se vean involucradas, sin importar si son ocupantes de vehículo (conductor y pasajeros) o terceros no ocupantes de vehículo (peatones), por lesiones corporales, invalidez permanente o muerte toda vez que estas situaciones se deriven por un accidente de tránsito.

El SOAT se estableció mediante la Ley 33 de 1986, la cual es derogada parcialmente por la Ley 23 de 1991, y está vigilado por la Superintendencia de Salud; y si bien este seguro da cobertura a toda persona que resulte lesionada o fallecida en accidentes de tránsito, no cubre las pérdidas materiales. La legislación también obliga a todo Hospital y Clínica a brindar, siempre y cuando haya un SOAT vigente, lo siguiente:

1) Atención de urgencias.

2) Hospitalización.

3) Suministro de material médico, quirúrgico, osteosíntesis, ortésis y prótesis.

4) Suministro de medicamentos.

5) Tratamiento y procedimientos quirúrgicos.

6) Servicios de diagnóstico.

7) Rehabilitación

Sin embargo, si bien el SOAT estructuralmente está bien definido y existe para pagar los gastos que produzcan los accidentes de tránsito en las lesiones de las personas, no hay como garantizar que la atención médica y el tomar los recaudos necesarios para estabilizar las vidas en peligro de muerte, se dé en forma rápida y oportuna; y éste debería ser el principio y el fundamento de este seguro obligatorio, y no, el buscar quién paga cuando ocurran situaciones siniestras, en las que muy pocas veces los directos responsables se hacen cargo de dichos accidentes.

De todas maneras, aunque el SOAT es un recurso imprescindible, no es una especie de “vacuna” que prevenga accidentes, sencillamente cubre económicamente y hasta determinado monto las consecuencias desagradables y fatales por cuenta del “accidente de tránsito“, que también vendría bien que se redefiniera ése término, porque si todo donductor y todo peatón andan con precaución y cautela, los llamados “accidentes de tránsito” irían desapareciendo por una cultura de prevención urbana. Tal y como lo dice una publicidad: “si se puede prevenir, no se puede llamar accidente“…

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